El alquiler de temporada se ha consolidado como una alternativa legal y flexible tanto para propietarios como para inquilinos. Sin embargo, su regulación es específica y exige cumplir ciertos requisitos para que el contrato sea válido y la vivienda pueda anunciarse en plataformas digitales.
1. Justificar la temporalidad del alquiler
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que el alquiler por temporada es un arrendamiento para uso distinto de vivienda habitual, regulado por el artículo 3.
La clave no es la duración, sino la causa. El contrato debe reflejar claramente el motivo temporal:
- Traslado laboral temporal
- Estudios universitarios o de posgrado
- Tratamientos médicos
- Reformas en la vivienda habitual
El propietario debe poder demostrar que el inmueble no se alquila como residencia permanente.
2. Redactar un contrato específico de alquiler temporal
El contrato debe incluir:
- Motivo de la temporalidad
- Duración concreta de la estancia
- Condiciones económicas
- Servicios incluidos
- Responsabilidades de cada parte
Esto evita que el alquiler pueda considerarse vivienda habitual, lo que implicaría otra normativa.
3. Contar con el Número de Registro Único (NRU)
Desde el 1 de julio de 2025, cualquier vivienda destinada a alquiler de corta duración (vacacional, temporal o por habitaciones) debe disponer de un NRU, gestionado por el Colegio de Registradores a través de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
¿Para qué sirve el NRU?
- Permite publicar la vivienda en plataformas digitales como Airbnb, Booking o Fotocasa.
- Aporta transparencia y trazabilidad al mercado.
- Facilita el control administrativo y evita sanciones.
¿Cómo se obtiene?
Según el Ministerio de Vivienda:
- Acceder a la Ventanilla Única Digital.
- Rellenar el formulario con datos del inmueble.
- Adjuntar documentación requerida.
- Recibir el código asignado por el Colegio de Registradores.
Sin este número, la vivienda no puede comercializarse en plataformas digitales.
4. Cumplir con la normativa autonómica o local
Si el alquiler es turístico, además del NRU, pueden exigirse:
- Licencias autonómicas
- Declaraciones responsables
- Requisitos de habitabilidad o seguridad


