El Registro de la Propiedad puede negar a los propietarios de apartamentos turísticos el permiso para continuar la actividad, aunque tengan licencia para operar de la Comunidad Autónomo o el ayuntamiento pertinente y no haya quejas vecinales en contra.
La reciente resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha sacudido a muchos propietarios. Aunque cuenten con licencia de su Comunidad Autónoma o del ayuntamiento, el Registro de la Propiedad puede denegar la inscripción para operar pisos turísticos, lo que pone en jaque a quienes alquilan legalmente desde hace años.
El caso que lo ejemplifica es el de un propietario que llevaba alquilando su vivienda desde 1994, sin quejas vecinales y con todas las licencias en regla. Sin embargo, el Registro le ha negado el número de registro único, obligatorio desde julio, debido a que los estatutos de la comunidad prohíben «actividades o profesiones» en las viviendas.
Esto revela un aspecto clave: los registradores tienen la obligación de calificar los documentos y verificar si hay obstáculos legales. Si los estatutos de la comunidad —inscritos en el Registro— impiden ciertas actividades, esa prohibición prevalece, incluso aunque no mencione expresamente el alquiler turístico.
El Registro considera que el alquiler turístico es una actividad económica, tal como ha determinado el Tribunal Supremo, lo que permite aplicar restricciones generales a actividades profesionales. Además, advierte que las limitaciones deben constar en el Registro de la Propiedad para tener efectos frente a terceros.
Esta resolución abre una nueva vía de control: si el Registro detecta que un inmueble no puede ejercer actividades económicas por sus estatutos, puede negar el número turístico y notificar a plataformas como Airbnb o Booking para que retiren los anuncios.
En conclusión, tener una licencia administrativa no garantiza la operación turística si hay restricciones en el Registro. La protección del interés común de la comunidad de vecinos se impone, limitando incluso el uso privado de la vivienda. Más info


